CODIGO DE TRABAJO
Artículo 245. Paro legal es la suspensión y abandono temporal del trabajo, ordenados y mantenidos por uno o más patronos, en forma pacífica y con el exclusivo propósito de defender frente a sus trabajadores los intereses económicos que sean propios de ellos, en su caso, comunes a los mismos.
El paro legal implica siempre el cierre total de la o las empresas en que se declare.
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