CODIGO DE TRABAJO
Artículo 267. Las causas que interrumpen la descripción respecto de uno de los deudores solidarios, la interrumpen también respecto de los otros.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.