CÓDIGO DE SALUD

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ARTICULO 39.  Programas de educación. Los programas de educación e información para la promoción de la salud, deberán ser diseñados para su fácil y adecuada comprensión: en el caso de los grupos étnicos deben ser realizados 'en su propio idioma, valorando, respetando y considerando sus creencias, costumbres y prácticas.


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