Código de Comercio
ARTÍCULO 911. DECLARACIÓN PARCIAL
ARTÍCULO 911. DECLARACIÓN PARCIAL. Si el contrato de seguro comprendiere varias cosas o varias personas, o protegiere contra varios riesgos, y la omisión o inexacta declaración sólo se refiere a alguno de unos u otros, el seguro será válido para los demás, a no ser que el asegurador pruebe que no los habría asegurado separadamente.
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