Código de Comercio

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ARTÍCULO 590. OTROS REQUISITOS

 

ARTÍCULO 590. OTROS REQUISITOS. Si mediare un lapso entre el recibo de las mercaderías y su embarque, el título deberá contener, además:

1º. La mención de ser recibido para embarque.

2º. La indicación del lugar donde habrán de guardarse las mercaderías mientras el embarque se realiza.

3º. El plazo fijado para el embarque.


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