Código de Comercio

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ARTÍCULO 279. RESPONSABILIDAD DE LOS FACTORES Y DEPENDIENTES

ARTÍCULO 279. RESPONSABILIDAD DE LOS FACTORES Y DEPENDIENTES. Los factores y los dependientes responderán a sus principales por los daños y perjuicios que causen a éstos por haber procedido con dolo, culpa o en infracción de la ley o de las órdenes o instrucciones que aquéllos les hubieren dado. Todo sin perjuicio de la responsabilidad directa del principal frente a tercero.

 


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