Código de Comercio

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ARTÍCULO 265. CONSTITUCIÓN DEL FACTOR

ARTÍCULO 265. CONSTITUCIÓN DEL FACTOR. El factor se constituye mediante mandato con representación, otorgado por el comerciante, por nombramiento que le extenderá este último o por contrato de trabajo escrito.

EL mandato, nombramiento o contrato del trabajo del factor deberá inscribirse en el Registro Mercantil.

 


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