Código de Comercio

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ARTÍCULO 256. FORMAS DE FUSIÓN

ARTÍCULO 256. FORMAS DE FUSIÓN. La fusión de varias sociedades puede llevarse a cabo en cualquiera de estas formas:

1º. Por la creación de una nueva sociedad y la disolución de todas las anteriores que se integren en la nueva.

2º. Por la absorción de una o varias sociedades por otra, lo que produce la disolución de aquéllas.

En todo caso, la nueva sociedad o aquella que ha absorbido a las otras, adquiere los derechos y obligaciones de las sociedades disueltas.

 


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