ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 120-2002

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 120-2002

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 120-2002


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 120-2002

MINISTERIO DE FINANZAS  PÚBLICAS

 

Acuérdase emitir el Reglamento de la Ley del Impuesto Específico sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures, Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas y Agua Natural Envasada.

 

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 120-2002.

 

Guatemala, 19 de abril de 2002.

 

               El Presidente de la República,

 

CONSIDERANDO:

 

Que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 del Decreto número 09-2002 del Congreso de la República, Ley del Impuesto Específico sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures, Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas y Agua Natural Envasada, es necesario emitir las disposiciones reglamentarias correspondientes.

 

POR TANTO:

 

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

 

ACUERDA:

 

Emitir el siguiente:

 

REGLAMENTO DE LA  LEY DEL IMPUESTO ESPECÍFICO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS GASEOSAS, BEBIDAS ISOTÓNICAS, DEPORTIVAS, JUGOS Y NÉCTARES, YOGURES, PREPARACIONES CONCENTRADAS O EN POLVO PARA LA ELABORACIÓN DE BEBIDAS Y AGUA NATURAL ENVASADA.


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