ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006

REGLAMENTO DE LA LEY DENOMINADA DISPOSICIONES LEGALES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006


ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006

Artículo 36. Efectos tributarios. Los contribuyentes que deseen acreditar ante la Administración Tributaria, el pago de costos y gastos deducibles que constituyan créditos fiscales y demás egresos con efectos tributarios, deberán documentar los mismos de conformidad con la Ley.


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.