ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006

REGLAMENTO DE LA LEY DENOMINADA DISPOSICIONES LEGALES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006


ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006

Artículo 31. De la solicitud de autorización. La solicitud de autorización de los documentos establecidos en las leyes tributarias específicas, se hará por medio del formulario que para el efecto proporcione la Administración Tributaria, en el cual, como mínimo, deberá informar lo siguiente:

 

a)                  Número de Identificación Tributaria del contribuyente.

b)                 Nombre, razón o denominación social.

c)                  Nombre comercial.

d)                 Domicilio fiscal.

e)                  Domicilio comercial del establecimiento en donde se emitirán los documentos.

f)                  Tipo de documento y cantidad a imprimir.

g)                 Cantidad de documentos que hayan sido utilizados, deteriorados o extraviados, designados para uso del establecimiento, y serie, cuando corresponda,  según la última autorización emitida.

h)                 Número de Identificación Tributaria, nombre, razón o denominación social y nombre comercial de la imprenta que imprimirá los documentos o del que preste el servicio de impresión.


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