ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006
MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
Acuérdase emitir el siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY DENOMINADA DISPOSICIONES LEGALES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006
Guatemala, 26 de julio de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto en el artículo 74 de las Disposiciones Transitorias del Decreto número 20-2006 del Congreso de la República de Guatemala, Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, que instruye emitir el reglamento que desarrolle en forma clara y ordenada las disposiciones contenidas en dicho Decreto;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
El siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DENOMINADA DISPOSICIONES LEGALES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
TÍTULO I
NORMAS GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. El presente reglamento tiene por objeto desarrollar los capítulos I, II y III de la Ley denominada Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, contenidas en el Decreto número 20-2006 del Congreso de la República de Guatemala, regulando los procedimientos correspondientes para su efectivo cumplimiento.
Artículo 2. Definiciones. Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
TÍTULO II
DE LAS RETENCIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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